La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce la validez de porciones normativas de la Constitución y Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, al considerar que su interpretación conforme con la Constitución Federal es posible, pero declara la invalidez de otra porción normativa por contravenir principios constitucionales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una acción de inconstitucionalidad promovida por la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal en contra de diversas disposiciones de la Constitución y Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán. El Tribunal Pleno determinó que, si bien algunas normas son válidas bajo una interpretación conforme, otra porción normativa específica contraviene principios constitucionales, declarando su invalidez. La decisión se basó en criterios previamente establecidos por la propia Corte en asuntos similares.
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