La inoperancia del recurso de revisión previsto en la Ley de Vialidad y Tránsito del Estado de Chihuahua, por falta de un plazo perentorio para resolver sobre la suspensión provisional, actualiza una excepción al principio de definitividad del juicio de amparo.
Se determina que no es necesario agotar el recurso de revisión contra boletas de infracción de tránsito, previsto en la Ley de Vialidad y Tránsito del Estado de Chihuahua, antes de promover el juicio de amparo indirecto. Esto se debe a que dicha ley no establece un plazo específico para resolver sobre la suspensión provisional, lo cual genera incertidumbre y actualiza una excepción al principio de definitividad, al no garantizarse una resolución en el plazo de 24 horas que marca la Ley de Amparo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.