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407/2015NiegaTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El sobreseimiento en el juicio contencioso administrativo federal, decretado por una Sala del Tribunal Federal de Justicia Administrativa con base en una tesis aislada posterior a la admisión de la demanda, no contraviene el artículo 217 de la Ley de Amparo, pues los criterios aislados carecen de obligatoriedad y no generan efectos retroactivos en perjuicio del gobernado.

Expediente
407/2015
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
27 feb 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento en el juicio contencioso administrativo federal, decretado por una Sala del Tribunal Federal de Justicia Administrativa con base en una tesis aislada posterior a la admisión de la demanda, no contraviene el artículo 217 de la Ley de Amparo, pues los criterios aislados carecen de obligatoriedad y no generan efectos retroactivos en perjuicio del gobernado.

Resumen

La Sala responsable sobreseyó el juicio contencioso administrativo al considerar que los avisos recibos emitidos por la Comisión Federal de Electricidad, en lo referente a la demanda máxima o facturable, son de naturaleza comercial y deben ventilarse en la vía mercantil, basándose en una tesis aislada posterior a la admisión de la demanda. El Tribunal Colegiado determinó que dicho sobreseimiento es legal, ya que los criterios aislados no son de observancia obligatoria y no generan efectos retroactivos, a diferencia de la jurisprudencia. Por lo tanto, la Sala no estaba obligada a mantener el criterio inicial de procedencia del juicio contencioso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.