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SJF · Tesis

La condición de que, para emitir una nueva orden de visita domiciliaria dirigida al mismo contribuyente, es necesario comprobar hechos diferentes a los ya revisados, prevista en el último párrafo del artículo 46 del Código Fiscal de la Federación, no opera cuando la orden de visita anterior fue declarada insubsistente por adolecer de vicios formales, pues en tal supuesto no puede estimarse concluida la visita respectiva, salvo que la insubsistencia obedezca a incompetencia material de la autoridad emisora.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
2 may 2014
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La condición de que, para emitir una nueva orden de visita domiciliaria dirigida al mismo contribuyente, es necesario comprobar hechos diferentes a los ya revisados, prevista en el último párrafo del artículo 46 del Código Fiscal de la Federación, no opera cuando la orden de visita anterior fue declarada insubsistente por adolecer de vicios formales, pues en tal supuesto no puede estimarse concluida la visita respectiva, salvo que la insubsistencia obedezca a incompetencia material de la autoridad emisora.

Resumen

Se establece que la exigencia de comprobar hechos diferentes para emitir una nueva orden de visita domiciliaria, contemplada en el artículo 46 del Código Fiscal de la Federación, no aplica si la orden previa fue invalidada por vicios formales. En estos casos, la autoridad puede reponer el procedimiento de fiscalización y emitir una nueva orden, incluso si se revisan los mismos hechos, ya que la visita anterior no se considera concluida. Sin embargo, si la insubsistencia se debe a incompetencia material de la autoridad, la visita sí se considera concluida y no es posible reponer el procedimiento.

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