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256/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído

Sociedades de información crediticia. Compartir información por parte de dichas sociedades no es un acto unilateral que no precise la voluntad del cliente, sino que es indispensable que cuente con ella, de lo contrario, puede dar lugar a que se haga acreedora a sanciones por violación al secreto financiero. De ahí que no pueda considerarse autoridad para efectos del juicio de amparo.

Expediente
256/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
José Gudiño Anzaldo
Fecha
28 nov 2025
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Sociedades de información crediticia. Compartir información por parte de dichas sociedades no es un acto unilateral que no precise la voluntad del cliente, sino que es indispensable que cuente con ella, de lo contrario, puede dar lugar a que se haga acreedora a sanciones por violación al secreto financiero. De ahí que no pueda considerarse autoridad para efectos del juicio de amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.