La revisión fiscal es un medio de defensa que solo puede ser interpuesto por la autoridad fiscal demandada.
La Séptima Sala del Tribunal Fiscal de la Federación determinó que el recurso de revisión fiscal es un medio de defensa exclusivo de la autoridad fiscal demandada. Esto significa que el particular, en su calidad de contribuyente, no tiene legitimación para interponer dicho recurso en contra de una resolución que le sea desfavorable.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.