La improcedencia de los conceptos de impugnación en el juicio contencioso administrativo se actualiza cuando se dirigen a controvertir actos distintos al que constituye la materia del litigio, pues dichos argumentos deben ser calificados como inoperantes al no combatir directamente los fundamentos y motivos de la resolución impugnada.
La Sala Regional determinó que los conceptos de impugnación de la actora eran inoperantes porque se enfocaban en debatir la legalidad de una multa y su requerimiento previo, en lugar de impugnar directamente la resolución que declaraba procedente dicha multa y exigía su pago. La Sala enfatizó que la resolución impugnada atendía un escrito de aclaración y resolvía sobre la procedencia de la multa, y que los argumentos de la actora debieron dirigirse a combatir esta resolución específica, no los actos que la precedieron, los cuales debieron ser impugnados en su momento oportuno. Al no hacerlo, la actora precluyó su derecho para controvertirlos en el presente juicio.
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