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442/2023ConcedeTCCConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La cuota fija establecida en el artículo 113 del Código Fiscal de la Ciudad de México, vigente en 2022, viola el principio de proporcionalidad tributaria al distorsionar la progresividad de la tarifa y generar que adquirentes de inmuebles de menor valor paguen un impuesto mayor que aquellos de mayor valor.

Expediente
442/2023
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
31 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La cuota fija establecida en el artículo 113 del Código Fiscal de la Ciudad de México, vigente en 2022, viola el principio de proporcionalidad tributaria al distorsionar la progresividad de la tarifa y generar que adquirentes de inmuebles de menor valor paguen un impuesto mayor que aquellos de mayor valor.

Resumen

El Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito modificó la sentencia de amparo indirecto. Determinó que, si bien el artículo 113 del Código Fiscal de la Ciudad de México es inconstitucional por violar el principio de proporcionalidad tributaria debido a su cuota fija, el amparo concedido debe limitarse a la desincorporación de dicha cuota. Por lo tanto, la quejosa debe pagar el impuesto aplicando únicamente el factor sobre el excedente del límite inferior del rango correspondiente, y se le debe devolver el exceso pagado por concepto de la cuota fija declarada inconstitucional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.