La invasión de competencias federales en materia de hidrocarburos y energía eléctrica por parte de leyes de ingresos municipales es inconstitucional, al corresponder su regulación y explotación exclusivamente a la Federación.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de diversas fracciones de la Ley de Ingresos del Municipio de Parras, Coahuila, para el ejercicio fiscal 2025. La invalidez se fundamenta en que dichas disposiciones invaden la esfera de competencia exclusiva de la Federación en materia de hidrocarburos y energía eléctrica, al pretender regular aspectos como licencias de uso de suelo y permisos de construcción relacionados con estas actividades. La Corte reitera que la regulación y explotación de estos sectores estratégicos corresponden primordialmente a la Federación, conforme a los artículos 25, 27, 28 y 73 de la Constitución.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.