La suspensión contra la imposición de una multa debe concederse sin requisito alguno cuando se reclama en amparo, se interpuso el recurso de revisión ante el Jurado de Infracciones Fiscales y el interés fiscal fue garantizado debidamente.
El presente criterio establece que la suspensión de una multa impuesta por una Oficina Federal de Hacienda debe otorgarse de forma automática y sin condiciones. Esto aplica cuando el contribuyente ha impugnado la multa mediante el recurso de revisión ante el Jurado de Infracciones Fiscales y ha garantizado el interés fiscal. La procedencia de la suspensión en estos casos busca asegurar la eficacia de los recursos administrativos y del juicio de amparo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.