La Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal no prohíbe que los documentos fiscales de una empresa se archiven en oficinas generales distintas al local visitado, siempre que se demuestre que el producto amparado por las facturas ya se agotó.
Se revisa una multa impuesta por el Departamento de Alcoholes del Distrito Federal a Sanborn Hermanos, S.A. por no mostrar facturas de adquisición de alcohol potable durante una visita. La empresa argumentó que las facturas, una vez agotado el producto, se archivaban en sus oficinas generales. La Sala del Tribunal Fiscal declaró la nulidad de la multa, al considerar que la fracción II del artículo 300 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal no prohíbe que los documentos se encuentren en un lugar distinto al local visitado, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.