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280/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La facultad de atracción procede cuando un tribunal colegiado solicita conocer de un amparo en revisión, evidenciando la importancia o complejidad del asunto.

Expediente
280/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
2 jul 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La facultad de atracción procede cuando un tribunal colegiado solicita conocer de un amparo en revisión, evidenciando la importancia o complejidad del asunto.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerce su facultad de atracción para conocer del amparo en revisión 289/2024. Dicha solicitud fue presentada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. El amparo indirecto 876/2023, del cual deriva el amparo en revisión, fue interpuesto por María de Jesús Granados Acosta contra actos de diversas autoridades, y tras declararse incompetente el Juzgado Primero de Distrito, se remitió a un juzgado especializado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.