La información relativa a las pensiones y jubilaciones de los trabajadores al servicio del Estado, por su naturaleza de orden público, debe prevalecer sobre el derecho a la protección de datos personales, en aras de la transparencia y la rendición de cuentas.
El artículo Tercero Transitorio de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece la participación del Estado y de Petróleos Mexicanos en las jubilaciones. Dada la carga presupuestaria que representan las pensiones a nivel global y la inversión de la pirámide poblacional, la transparencia en esta materia es de orden público. Por ello, el acceso a la información sobre pensiones debe prevalecer sobre el derecho a la protección de datos personales para fomentar la participación ciudadana y la rendición de cuentas.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.