La autonomía constitucional y legal del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General del Estado impide la injerencia del titular de la Fiscalía en la investigación y substanciación de faltas administrativas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la competencia del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General del Estado de Morelos. Se determina que dicho órgano goza de autonomía, por lo que la investigación de faltas administrativas escapa a la competencia del Fiscal General. Esto se fundamenta en que el titular del Órgano Interno de Control no es nombrado por el Fiscal General, sino por el Congreso Local, lo que impide cualquier subordinación o injerencia.
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