La declaratoria de caducidad en segunda instancia, al no admitir recurso alguno y tener efectos definitivos, es impugnable mediante el juicio de amparo indirecto.
El presente caso analiza la procedencia del amparo indirecto contra la resolución que declara la caducidad de la segunda instancia, conforme a la legislación del Estado de Guanajuato. Se establece que, dado que dicha resolución no admite recurso y sus efectos son definitivos, el juicio de amparo es la vía idónea para su impugnación, revocando la sentencia que desechó la demanda.
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