La procedencia excepcional del amparo directo en revisión se actualiza cuando se impugna la inconstitucionalidad de un precepto de la Ley de Amparo, siempre que no exista otro medio de defensa para combatir la regularidad constitucional de las normas que rigen el juicio de amparo.
El presente amparo directo en revisión se admitió de manera excepcional debido a que el recurrente impugnó la inconstitucionalidad de diversos artículos de la Ley de Amparo, los cuales fueron utilizados por el Tribunal Colegiado para sustentar su resolución. La Suprema Corte ha establecido que este supuesto procede cuando no existe otro medio de defensa para combatir la constitucionalidad de las normas que rigen el juicio de amparo, limitando la materia de estudio a dicho planteamiento.
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