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364/2023TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito

La prescripción de la acción para reclamar prestaciones laborales, prevista en el artículo 113, fracción II, inciso a), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, opera de manera independiente a la existencia o inexistencia de un despido injustificado, bastando para su actualización el transcurso del plazo legal sin que el trabajador haya ejercido sus derechos.

Expediente
364/2023
Tribunal
Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito
Ponente
María Eugenia Gómez Villanueva
Fecha
15 jun 2023
Materia
laboral
Sentido

Holding · resolución sintética

La prescripción de la acción para reclamar prestaciones laborales, prevista en el artículo 113, fracción II, inciso a), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, opera de manera independiente a la existencia o inexistencia de un despido injustificado, bastando para su actualización el transcurso del plazo legal sin que el trabajador haya ejercido sus derechos.

Resumen

El actor demandó la reinstalación y prestaciones por despido injustificado. La demandada opuso la prescripción de la acción, la cual fue estimada por la sala responsable, absolviendo de la reinstalación y condenando solo al reconocimiento de antigüedad. El tribunal colegiado considera infundados los argumentos del quejoso, confirmando la procedencia de la prescripción, pues esta opera independientemente de si hubo o no despido, bastando el transcurso del plazo legal. Por ello, se niega el amparo principal y se declara sin materia el adhesivo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.