La falta de fundamentación precisa y detallada de la competencia de la autoridad que emite un acto de molestia, contraviene los artículos 14 y 16 constitucionales, al dejar al gobernado en estado de indefensión.
Se declara la nulidad de una resolución emitida por la Directora de Sanciones A de la CONDUSEF, la cual impuso una multa a la actora. El Tribunal determinó que el oficio inicial del procedimiento conciliatorio, emitido por una "Especialista B", carecía de la debida fundamentación de su competencia, al no citar los preceptos legales específicos que le otorgaban facultades para actuar, contraviniendo así los principios de legalidad y seguridad jurídica. Al ser el acto inicial viciado, la resolución impugnada también lo es.
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