La omisión de las autoridades estatales de entregar puntualmente las participaciones y aportaciones federales a los municipios transgrede los principios de libre administración hacendaria e integridad de los recursos municipales, garantizados por el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Federal.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Municipio de Tuxtilla, Veracruz, en contra de la omisión del Poder Ejecutivo estatal de entregarle recursos federales correspondientes al FISMDF y FEFMPH. El Municipio argumentó que dicha omisión violaba los principios de libre administración hacendaria e integridad de los recursos municipales. La Sala determinó que la omisión de entrega de estos fondos, que integran la hacienda municipal, constituye una transgresión directa a la Constitución Federal, pues impide a los municipios disponer de los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades públicas y afecta su autonomía.
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