La facultad del Congreso Local para modificar la propuesta de Presupuesto de Egresos que le envía el Ejecutivo no viola el principio de división de poderes, siempre que se ejerza dentro de los límites constitucionales y legales, y se motive adecuadamente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Gobernador de Nuevo León contra reformas a la Constitución Local que facultaban al Congreso a modificar el Presupuesto de Egresos. El Pleno determinó que la facultad del Congreso para modificar dicha propuesta, así como la reducción del plazo para que el Ejecutivo realice observaciones, no contravienen el principio de división de poderes. Se enfatizó que dicha facultad está inmersa en la atribución del Congreso de aprobar el presupuesto y que existen límites constitucionales y legales que rigen su ejercicio, incluyendo la obligación de justificar las modificaciones y mantener el equilibrio presupuestario.
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