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0184-2023-02-C-31-01-01-03-LSobreseeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Yucatán

La negativa ficta no se configura cuando la autoridad fiscal acredita la notificación de la resolución que niega una devolución, aun cuando la certificación de las copias exhibidas no especifique el tipo de documento original con el que se cotejó, siempre que se indique que se cotejó con copias certificadas que obran en el expediente administrativo.

Expediente
0184-2023-02-C-31-01-01-03-L
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
25 ago 2026
Materia
fiscal
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

La negativa ficta no se configura cuando la autoridad fiscal acredita la notificación de la resolución que niega una devolución, aun cuando la certificación de las copias exhibidas no especifique el tipo de documento original con el que se cotejó, siempre que se indique que se cotejó con copias certificadas que obran en el expediente administrativo.

Resumen

La Sala Regional Peninsular del TFJA determinó sobreseer el juicio promovido contra una negativa ficta en materia de devolución de IVA. La actora argumentó que la autoridad no acreditó la notificación de la resolución que negó la devolución, debido a supuestas deficiencias en la certificación de los documentos exhibidos y en el procedimiento de notificación electrónica. Sin embargo, el Tribunal consideró que la certificación de las copias, aunque no especificara el tipo de documento original, era suficiente al indicar que se cotejó con copias certificadas del expediente administrativo. Asimismo, determinó que la notificación electrónica cumplió con las formalidades legales, desestimando los argumentos de la actora.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.