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1346/2020NiegaSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa, al desechar un recurso administrativo y no superar el motivo de improcedencia, está impedido para examinar la legalidad del acto impugnado, salvo que se demuestre la procedencia del recurso y se actualice la excepción de litis abierta.

Expediente
1346/2020
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LUIS MARÍA AGUILAR MORALES
Fecha
21 abr 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa, al desechar un recurso administrativo y no superar el motivo de improcedencia, está impedido para examinar la legalidad del acto impugnado, salvo que se demuestre la procedencia del recurso y se actualice la excepción de litis abierta.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la omisión de estudiar la caducidad de un crédito fiscal en un juicio contencioso administrativo. Determinó que si el recurso administrativo fue desechado y no se superó la improcedencia, el tribunal está impedido para examinar la legalidad del acto. Excepcionalmente, bajo el principio de litis abierta, podría abordarse si se demuestra la procedencia del recurso, lo cual no ocurrió en el caso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.