La Suprema Corte de Justicia de la Nación declara la invalidez de las disposiciones de una Ley de Ingresos Municipal que invaden la esfera de competencia exclusiva de la Federación en materia de hidrocarburos y energía eléctrica.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la controversia constitucional 114/2025, declarando la invalidez del artículo 30, fracción III, numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6, de la Ley de Ingresos del Municipio de Nadadores, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2025. La invalidez se fundamenta en que dichas disposiciones invaden la competencia exclusiva de la Federación para regular materias como hidrocarburos y energía eléctrica, así como el control del sistema eléctrico nacional, contraviniendo los artículos 25, 27, 28 y 73 de la Constitución Federal.
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