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351/2019TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito

La justicia de la unión no ampara ni protege al contribuyente en contra del acto de aplicación de la norma que establece la compensación universal, pues aun cuando esta última sea autoaplicativa, su impugnación debe darse en el primer acto de aplicación.

Expediente
351/2019
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito
Ponente
Sin Valor Sin Valor Sin Valor
Fecha
26 nov 2020
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La justicia de la unión no ampara ni protege al contribuyente en contra del acto de aplicación de la norma que establece la compensación universal, pues aun cuando esta última sea autoaplicativa, su impugnación debe darse en el primer acto de aplicación.

Resumen

El presente asunto versa sobre la impugnación de la compensación universal, la cual se considera autoaplicativa. Sin embargo, el tribunal determina que la controversia debe resolverse en el primer acto de aplicación de la norma. En este sentido, se declara infundada la revisión adhesiva y se revoca la sentencia recurrida, negando el amparo al contribuyente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.