El incremento automático del cien por ciento del máximo de las multas en caso de reincidencia, sin permitir a la autoridad considerar circunstancias para individualizar la sanción, es inconstitucional por contravenir la proporcionalidad tributaria.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de un precepto que establecía un incremento automático del cien por ciento del máximo de las multas en caso de reincidencia. La Corte determinó que esta disposición es infundada, ya que al no permitir a la autoridad considerar factores para individualizar la sanción, se vulnera el principio de proporcionalidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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