El recurso de revisión fiscal es improcedente contra sentencias que declaran la nulidad de un acto administrativo por vicios formales, al no resolver el fondo del asunto.
El Tribunal Colegiado determinó la improcedencia del recurso de revisión fiscal interpuesto por el ISSSTE contra una sentencia que declaró la nulidad de un oficio. La nulidad se basó en que la autoridad no demostró haber realizado correctamente los incrementos de la pensión, lo cual constituye un vicio de forma y no de fondo. Se reiteró la jurisprudencia de la Suprema Corte en el sentido de que la revisión fiscal solo procede cuando se resuelve el fondo del asunto, no cuando la nulidad se decreta por deficiencias formales.
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