La revisión fiscal es improcedente contra sentencias que declaran la nulidad de un acto administrativo por vicios formales, aun cuando se condene al pago de una indemnización, si dicha condena es una consecuencia de la nulidad y no un pronunciamiento de fondo sobre un derecho sustantivo.
La contradicción de criterios se centró en determinar la procedencia del recurso de revisión fiscal contra sentencias del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que anulan actos administrativos por vicios formales, pero condenan al pago de indemnizaciones. Un tribunal consideró que si la nulidad se basa en vicios formales, el recurso es improcedente, incluso si se ordena el pago de una indemnización como consecuencia, ya que no hay un pronunciamiento de fondo. El otro tribunal sostuvo que si la sentencia reconoce un derecho subjetivo a la indemnización, aun cuando la nulidad sea por vicios formales, el recurso sí es procedente porque implica un pronunciamiento de fondo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.