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6842/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del recurso de revisión en amparo directo cuando se controvierta la constitucionalidad de normas generales o la interpretación directa de preceptos constitucionales, siempre que el asunto revista un interés excepcional en materia de derechos humanos.

Expediente
6842/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
30 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del recurso de revisión en amparo directo cuando se controvierta la constitucionalidad de normas generales o la interpretación directa de preceptos constitucionales, siempre que el asunto revista un interés excepcional en materia de derechos humanos.

Resumen

El presente amparo directo en revisión versa sobre la competencia de la Suprema Corte para conocer de asuntos donde se impugna la constitucionalidad de normas generales o la interpretación directa de preceptos constitucionales. La Primera Sala determinó ser competente para conocer del recurso, al actualizarse los supuestos previstos en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución y 81, fracción II de la Ley de Amparo, dado que el caso reviste un interés excepcional en materia de derechos humanos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.