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178/2017NiegaSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El alimento procesado para perros, gatos y pequeñas especies utilizadas como mascotas en el hogar, se encuentra gravado a la tasa general del Impuesto al Valor Agregado.

Expediente
178/2017
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ
Fecha
12 ago 2020
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El alimento procesado para perros, gatos y pequeñas especies utilizadas como mascotas en el hogar, se encuentra gravado a la tasa general del Impuesto al Valor Agregado.

Resumen

La quejosa impugnó la constitucionalidad de la aplicación de la tasa general del IVA a los alimentos procesados para mascotas, argumentando violaciones a diversas garantías constitucionales. El tribunal determinó que el alimento procesado para perros, gatos y otras mascotas se encuentra gravado a la tasa general del IVA, a diferencia de los alimentos para animales utilizados en actividades agropecuarias que conservan la tasa del 0%. Esta distinción busca otorgar seguridad jurídica a los contribuyentes y se fundamenta en la finalidad de las actividades a las que se destinan los animales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.