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129/2025-CASCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El recurso de reclamación es procedente pero infundado cuando los agravios formulados por el recurrente no desvirtúan la legalidad del acuerdo impugnado que desechó la controversia constitucional.

Expediente
129/2025-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
SARA IRENE HERRERÍAS GUERRA
Fecha
14 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El recurso de reclamación es procedente pero infundado cuando los agravios formulados por el recurrente no desvirtúan la legalidad del acuerdo impugnado que desechó la controversia constitucional.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un recurso de reclamación interpuesto contra el acuerdo que desechó una controversia constitucional. El tribunal determinó que los agravios presentados por el poder recurrente resultaron infundados, ya que no lograron desvirtuar la legalidad del acuerdo impugnado. Por lo tanto, se confirmó el acuerdo de desechamiento de la controversia constitucional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.