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68/2012ConcedeTCCConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La actualización de los montos de lo defraudado, realizada a través de resoluciones misceláneas fiscales, constituye una disposición aplicable retroactivamente en beneficio del sentenciado, al adecuarse la pena conforme a la ley más favorable.

Expediente
68/2012
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
19 may 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La actualización de los montos de lo defraudado, realizada a través de resoluciones misceláneas fiscales, constituye una disposición aplicable retroactivamente en beneficio del sentenciado, al adecuarse la pena conforme a la ley más favorable.

Resumen

El Tribunal Colegiado determinó que la actualización de los montos de lo defraudado, realizada mediante resoluciones misceláneas fiscales y no por procedimiento legislativo directo, debe aplicarse retroactivamente en beneficio del sentenciado. Esto se fundamenta en el principio de retroactividad de la ley penal más favorable, consagrado en la Constitución y tratados internacionales, permitiendo adecuar la pena impuesta a una más benévola si la actualización de los montos resulta favorable al reo. Por ello, se concedió el amparo para que se revise la pena y se analice la procedencia de sustitutivos o condena condicional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.