El conocimiento del amparo en revisión incidental permite determinar si es procedente o no otorgar la suspensión contra el retiro forzoso de un magistrado del Tribunal Federal de Justicia Administrativa por haber cumplido la edad límite establecida en la ley para permanecer en el cargo.
Se solicita el amparo y protección constitucional contra el artículo 46 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, aplicado en un oficio que informa sobre el retiro forzoso de un magistrado por razón de edad. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de su Primera Sala, ejerce su facultad de atracción para conocer del amparo en revisión incidental, con el fin de determinar la procedencia de la suspensión contra dicho acto de retiro.
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