La notificación de actos administrativos es válida aun cuando se utilicen formatos preimpresos, siempre que la autoridad deje constancia detallada de los hechos y asegure que el destinatario tenga conocimiento del acto.
El tribunal determinó que el uso de formatos preimpresos en las notificaciones de actos administrativos es legal, siempre y cuando se cumplan las formalidades de individualización y circunstanciación, asegurando que el notificado tenga conocimiento del acto. Asimismo, se validó la constitucionalidad de la Regla 2.5.13 de la Resolución Miscelánea Fiscal, al considerarla un desarrollo técnico y operativo subordinado a la ley, que no genera incertidumbre. Finalmente, se concluyó que la Sala Regional analizó adecuadamente las pruebas y respetó los derechos del contribuyente, por lo que se negó el amparo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.