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182/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del recurso de revisión contra sentencias dictadas en audiencia constitucional, cuando se impugnan normas generales por inconstitucionales y subsiste el problema de constitucionalidad en el recurso.

Expediente
182/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
23 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del recurso de revisión contra sentencias dictadas en audiencia constitucional, cuando se impugnan normas generales por inconstitucionales y subsiste el problema de constitucionalidad en el recurso.

Resumen

El recurso de revisión es de competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando se impugnan normas generales por inconstitucionales y el problema de constitucionalidad persiste en la revisión. El artículo 83 de la ley aplicable establece esta competencia, incluso si en la sentencia recurrida no se abordó el estudio de inconstitucionalidad por haberse sobreseído el juicio o haberse pronunciado sobre planteamientos de inconstitucionalidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.