La cosa juzgada refleja no opera respecto de un amparo promovido por un coacusado ni de un dictamen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que no deslindan responsabilidad penal.
El Tribunal Colegiado confirmó la sentencia recurrida y negó el amparo al quejoso contra el auto de formal prisión por el delito de tortura. Determinó que es inoperante la pretensión de actualizar la cosa juzgada refleja con base en el amparo de un coacusado y un dictamen de la SCJN, ya que estos no deslindan responsabilidad penal. Asimismo, consideró infundados los agravios de fondo, al establecer que el estándar probatorio para el auto de formal prisión es de probabilidad, que la participación del quejoso se acredita constitucionalmente bajo la figura de autoría mediata por aparatos organizados de poder, y que la prueba indiciaria es válida ante la imposibilidad de obtener órdenes por escrito. Finalmente, declaró sin materia la revisión adhesiva.
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