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436/2019SobreseeJuzgado10ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz

El juicio de amparo es improcedente contra normas generales o actos consentidos tácitamente, entendiéndose por tales aquellos contra los que no se promueva el amparo dentro de los plazos previstos, computados a partir del primer acto de aplicación.

Expediente
436/2019
Tribunal
Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz
Ponente
Margarita Morrison Pérez
Fecha
8 ago 2019
Materia
administrativa
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

El juicio de amparo es improcedente contra normas generales o actos consentidos tácitamente, entendiéndose por tales aquellos contra los que no se promueva el amparo dentro de los plazos previstos, computados a partir del primer acto de aplicación.

Resumen

El Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz sobreseyó el juicio de amparo promovido contra el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, así como contra la inhabilitación de mecanismos informáticos. La improcedencia se determinó por dos motivos: la inexistencia del acto atribuido al Jefe del SAT y la extemporaneidad de la demanda respecto a la norma reclamada. Se consideró que el primer acto de aplicación de la norma ocurrió el 18 de febrero de 2019, y la demanda se presentó hasta el 13 de mayo de 2019, excediendo el plazo legal de quince días hábiles.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.