El principio de taxatividad exige que las leyes penales describan las conductas delictivas y las penas aplicables con la mayor precisión posible, a fin de otorgar certeza jurídica a los gobernados.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de porciones normativas del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero, específicamente los artículos 170 Bis y 229 Bis, que sancionan el robo y la comercialización de medicamentos. La CNDH argumentó que dichas normas transgredían el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad. Sin embargo, el tribunal determinó que las normas sí establecen de manera clara y precisa las conductas y las penas, otorgando así certeza jurídica.
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