La cesación de efectos de una norma general o acto impugnado en controversia constitucional actualiza la causal de sobreseimiento, al no tener efectos retroactivos las sentencias declaratorias de invalidez, salvo en materia penal.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió sobreseer una controversia constitucional promovida por el Municipio de Tecate contra el Decreto No. 289, que reformaba leyes sobre el servicio de agua potable y la administración pública estatal. El sobreseimiento se decretó porque, si bien la demanda fue oportuna y las partes contaban con legitimación, los efectos del decreto impugnado habían cesado en su totalidad. Esto se debió a que, en la misma sesión, la Corte había declarado la invalidez total de dicho decreto al resolver la acción de inconstitucionalidad 119/2021 y su acumulada 128/2021, lo que, conforme a la jurisprudencia aplicable, conduce al sobreseimiento en la controversia constitucional.
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