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SJF · Tesis

La nulidad lisa y llana de la resolución impugnada debe ser declarada por el Tribunal Fiscal de la Federación cuando la autoridad demandada viole la ley al emitir la orden de visita de auditoría, y no una nulidad para efectos.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 mar 1994
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La nulidad lisa y llana de la resolución impugnada debe ser declarada por el Tribunal Fiscal de la Federación cuando la autoridad demandada viole la ley al emitir la orden de visita de auditoría, y no una nulidad para efectos.

Resumen

El Tribunal Fiscal de la Federación declaró la nulidad de la resolución impugnada al considerar que la autoridad demandada incurrió en violación a la ley al llevar a cabo la visita de auditoría en un domicilio incorrecto y al no respetar el orden cronológico de los ejercicios fiscales a revisar. El fallo determina que estas violaciones, al ocurrir en la orden de visita (acto previo al inicio del procedimiento), no constituyen un vicio del procedimiento en sí mismo, sino que invalidan la orden de manera lisa y llana, sin posibilidad de ser subsanadas para efectos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.