InvestigaciónDocumento
En línea
TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

El desechamiento parcial de una demanda de nulidad no constituye un acto de imposible reparación que haga procedente el juicio de amparo indirecto, al carecer de una afectación material que trascienda lo meramente procesal.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
3 may 2021
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El desechamiento parcial de una demanda de nulidad no constituye un acto de imposible reparación que haga procedente el juicio de amparo indirecto, al carecer de una afectación material que trascienda lo meramente procesal.

Resumen

La presente contradicción de tesis analiza si el desechamiento parcial de una demanda en un procedimiento judicial constituye un acto de imposible reparación, susceptible de impugnarse a través de amparo indirecto. El Primer Tribunal Colegiado consideró que dicho acto no genera una afectación material, sino meramente procesal, por lo que no procede el amparo indirecto. En contraste, el Segundo Tribunal Colegiado sostuvo que sí constituye un acto de imposible reparación, pues afecta de manera grave el derecho de acceso a la justicia. El Pleno determinó que el desechamiento parcial carece de afectación material y no trasciende lo procesal, por lo que no es impugnable en amparo indirecto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.