Las cuotas establecidas por concepto de derechos por la expedición de copias certificadas de documentos y por el servicio de reconocimiento de hijos en las leyes de ingresos municipales, que no guardan una relación razonable con el costo del servicio prestado y los materiales utilizados, contravienen el principio de proporcionalidad tributaria.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una acción de inconstitucionalidad promovida por el Poder Ejecutivo Federal contra diversas leyes de ingresos municipales de Veracruz. Se impugnaron los cobros por expedición de copias certificadas y por reconocimiento de hijos, argumentando violaciones a los principios de gratuidad, proporcionalidad tributaria y derecho a la identidad. El Pleno determinó que dichos cobros, al no justificar una relación razonable entre la tarifa y el costo del servicio, resultan desproporcionales y contravienen el principio de proporcionalidad tributaria, declarando su invalidez.
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