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SJF · Tesis

La acción para pedir la devolución de impuestos pagados de más, no compete a quienes no hacen el pago por cuenta propia, sino por terceros, pues es a éstos a quienes incumbe discutir la improcedencia del cobro y la consiguiente acción de devolución y sus consecuencias.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1946
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La acción para pedir la devolución de impuestos pagados de más, no compete a quienes no hacen el pago por cuenta propia, sino por terceros, pues es a éstos a quienes incumbe discutir la improcedencia del cobro y la consiguiente acción de devolución y sus consecuencias.

Resumen

La acción de devolución de impuestos pagados en exceso corresponde a quien realizó el pago por sí mismo, no a un tercero que lo efectuó en su representación. El pago realizado por un tercero, en nombre propio pero por cuenta de otro, no otorga al tercero la legitimación para reclamar la devolución, ya que la controversia sobre la improcedencia del cobro y la subsecuente devolución recae en la esfera jurídica del contribuyente directo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.