La cuota por concepto de "segunda intervención" en la exportación o importación de mercancías, al no definir con precisión la actividad estatal que se remunera y su costo, genera incertidumbre jurídica y viola el principio de proporcionalidad tributaria.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de una cuota por "segunda intervención" en la exportación e importación de mercancías. La quejosa argumentó que la norma reclamada viola los principios de justicia tributaria y confianza legítima, ya que no define claramente la actividad estatal que se grava ni su costo, lo que genera incertidumbre jurídica. La Corte determinó que la falta de precisión sobre el servicio estatal y su costo, así como el incremento desproporcionado de la cuota, vulneran la proporcionalidad tributaria.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.