La procedencia del análisis de los agravios en revisión está condicionada a que estos deriven de una violación a la ley, sin que sea suficiente el simple perjuicio o molestia material para su remediación por la Suprema Corte.
El presente criterio establece que para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación pueda resolver sobre los agravios en un recurso de revisión, es indispensable que dichos agravios sean consecuencia de una violación a la ley. No basta con que la sentencia impugnada cause un perjuicio o molestia material al recurrente; es necesario demostrar que la resolución se dictó infringiendo algún precepto legal para que la Corte pueda intervenir y remediar la situación.
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