La imposición de una sanción pecuniaria por la omisión de declarar premios que exceden de un millón de pesos, al no ser una pena trascendental, no contraviene el artículo 22 constitucional.
El presente asunto versa sobre la legalidad de una sanción impuesta por la autoridad fiscal debido a la no declaración de premios que excedían el monto de $1,000,000.00. El contribuyente argumentó la inconstitucionalidad de dicha sanción, invocando violaciones a los artículos 14, 16 y 22 constitucionales. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la sanción pecuniaria en cuestión no constituye una pena trascendental, por lo que no viola el artículo 22 de la Constitución.
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