La inoperancia de los agravios en la revisión de amparo directo procede cuando el recurrente se limita a insistir en la inconstitucionalidad de un precepto sin desestimar las consideraciones de la sentencia recurrida.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la inoperancia de los agravios en un recurso de revisión de amparo directo. La quejosa impugnaba la constitucionalidad del artículo 83, fracción III, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, argumentando que el plazo de seis días para promover inconformidad violaba los derechos de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva. Sin embargo, la Corte consideró que los agravios eran inoperantes al no desestimar las consideraciones de la sentencia recurrida que justificaban la constitucionalidad del precepto.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.