El acta de verificación sanitaria es ilegal cuando el verificador no asienta en ella las circunstancias por las cuales la persona visitada designó un solo testigo, o la imposibilidad para designar al segundo, ni él mismo designa al testigo faltante, contraviniendo el artículo 401, fracción II, de la Ley General de Salud.
Se declaró la nulidad de una multa impuesta por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. La ilegalidad se fundamentó en que el acta de verificación sanitaria que dio origen al procedimiento sancionador no cumplió con los requisitos legales, específicamente en la designación de testigos. El verificador omitió asentar las razones por las cuales solo se designó un testigo y no designó él mismo al segundo testigo faltante, ni justificó la imposibilidad para hacerlo, contraviniendo el artículo 401, fracción II, de la Ley General de Salud, lo que genera la nulidad del acta y, por ende, de la resolución impugnada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.