El amparo promovido contra un cobro fiscal debe dirigirse contra la Sala del Tribunal Fiscal que confirmó la resolución de la Secretaría de Hacienda, y no contra esta última.
En un juicio de amparo contra un cobro fiscal, la demanda debe interponerse contra la Sala del Tribunal Fiscal de la Federación que haya confirmado la resolución de la Secretaría de Hacienda, y no directamente contra la mencionada secretaría. Esto se debe a que es la decisión de la Sala la que constituye el acto reclamado en el amparo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.