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2824/2021OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) es procedente respecto de las regalías e intereses derivados de la prestación de servicios, conforme a los artículos 1o., fracción II, 14, fracción VI y 15, fracción XVI, inciso c, subinciso 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Expediente
2824/2021
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ
Fecha
9 feb 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) es procedente respecto de las regalías e intereses derivados de la prestación de servicios, conforme a los artículos 1o., fracción II, 14, fracción VI y 15, fracción XVI, inciso c, subinciso 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Resumen

El asunto versa sobre la procedencia del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a las regalías e intereses generados por la prestación de servicios. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicho impuesto es aplicable a estas contraprestaciones, fundamentando su decisión en lo dispuesto por los artículos 1o., fracción II, 14, fracción VI y 15, fracción XVI, inciso c, subinciso 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. La cuantificación del impuesto se realizará en ejecución de sentencia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.