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SJF · Tesis

La compensación directa a la víctima, a cargo del sentenciado, es una medida complementaria de la reparación integral del daño que puede imponerse por cualquier tipo de delito, con independencia de la existencia de la compensación subsidiaria a cargo del Estado.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
17 abr 2026
Materia
penal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La compensación directa a la víctima, a cargo del sentenciado, es una medida complementaria de la reparación integral del daño que puede imponerse por cualquier tipo de delito, con independencia de la existencia de la compensación subsidiaria a cargo del Estado.

Resumen

El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte resolvió la contradicción de criterios sobre la compensación a la víctima. Se determinó que la Ley General de Víctimas, si bien no prevé expresamente la compensación directa, permite su interpretación a partir de la Constitución Federal y la propia ley, estableciendo que esta compensación puede ser impuesta al sentenciado por cualquier delito como parte de la reparación integral del daño. Esto se diferencia de la compensación subsidiaria, que recae en el Estado bajo ciertas condiciones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.